DEL AUTO DE APERTURA A JUICIO
Esta Juez 6to de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo estatuido en los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
1) ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACION presentada por la Fiscalía 9na del Ministerio Público del Estado Aragua, en contra del ciudadano GIL COLMENAREZ ARNOLDO ANTONIO Y SANCHEZ COLMENAREZ ISMAEL ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-20.989.326 y V-17.091.979, residenciados en Prados de Paya, Vereda 2, Barrio la Esperanza, Casa s/n, Turmero, Estado Aragua;; haciendo la salvedad del cambio de calificación por el delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 455 del Código Penal; en perjuicio del ciudadana ERICK LUIS MENDOZA MARTINEZ;
2) Como objeto del Juicio se tiene: Determinar si en fecha 16/02/06, funcion.....