Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en Funciones de Séptimo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se acuerda de conformidad con los establecido en el artículo 242 y el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal a favor de los imputados ROBEIXY DEL CARMEN TOVAR ORTEGA, titular de la cedula de Identidad V- 15.545.755 venezolano, natural de estado Cagua Estado Aragua, nacido en fecha 27-09-1981, de 37 años, de edad de edad, de estado civil: soltero, de profesión y oficio Comerciante, residenciada en la siguiente dirección: URBANIZACION MONTAÑA FRESCA, SECTOR LOS LAURELES, CASA N° L25, MARACAY ESTADO ARAGUA, y EUDIS ARGENIS HERRERA OLIVARES, titular de la cedula de Identidad V- 11.984.721 venezolano, natural de estado Maracay Estado Aragua, .....