DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela. RESUELVE: PRIMERO: se acuerda la aplicación del procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 262 del Código. SEGUNDO: SE ACOJE LA Precalificación dada por el ministerio publico FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PÚBLICO, USO DE DOCUMENTO FALSO, Y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PUBLICO Previsto y sancionado en el artículo 319, 322, y 320 Segundo Aparte del Código Penal CUARTO: Se decreta Medida cautelar sustitutiva de la privativa de libertad de conformidad con lo establecida en el articulo 242 ordinales 3° 4° y 9°, consistente en presentaciones cada 60 días, 4° prohibición de salida del país y 9° estar atento del proceso QUINTO: En relación en cuanto a la Medida Innominada, se acuerda la prohibición de medida de enajenar de los Bienes muebles e inmuebles en relación a estos hech.....