PARTE DISPOSITIVA
Por lo que este Tribunal Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: NIEGA la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad realizada por el Abogado: JUAN CARLOS DOMÍNGUEZ ALVAREZ , defensa del ciudadano: FRANCISCO JOSE DIAZ ALAYON cedula de identidad N° V-16.098.983. SEGUNDO: Se mantiene el mismo lugar de reclusión. Notifíquese tanto a la defensa como al Fiscal del Ministerio Publico .Asiéntese en el libro de Causa y Libro Diario. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. MARIELA JIMENEZ G
LA SECRETARIA,
ABG: CRISTINA CASTILLO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado
LA SECRETARIA
CAUSA 8C-7449-05
MJG