DISPOSITIVA
Con fundamento a los argumentos expuestos, Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el siguientes pronunciamiento: ACUERDA: PRIMERO: Se admite totalmente el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Publico, en contra del ciudadano: YEFFERSON RICARDO CORDERO CANELON, como responsable del delito de REVENTA DE PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD previsto y sancionado en los artículos 55 de la Ley de Precios Justo, así como también se admiten en su totalidad los Medios de Pruebas ofrecidos por ser útiles pertinentes y necesarios. SEGUNDO: Se acoge la Admisión de los Hechos para una Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de TRES (03) MESES, a favor del ciudadano: YEFFERSON RICARDO CORDERO CANELON, debiendo realizar una donación a una institución pública. P.....