En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara Culpable y CONDENA al ciudadano: CIPRIANO ANTONIO SALCEDO CARAPAICA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-18.852.948; por el delito de USO DE FACSÍMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme Control de Armas y Municiones, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN. Y así se decide. TERCERO: SE ABSUELVE de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. Y así se decide. CUARTO: En cuanto al Estado de libertad, se acuerda en virtud de la pena impuesta, la Medida Cautelar Sustituti.....