En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano: EDUARDO JOSE SALCEDO UTRERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-22.950.354, nacido en fecha 27-01-1993, de 28 años de edad, de profesión u oficio: obrero, residenciado en: San Sebastián de los Reyes Sector 10 de Marzo Calle la Gloria casa sin número, estado Aragua, de la comisión del delito de EXTORSIÓN y PORTE DE MUNICIONES, previstos y sancionados en los artículos 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, 113 de la Ley para el Desarme y Control de municiones. SEGUNDO: Se ordena EL CESE DE TODAS LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL que pesan en contra del acu.....