este Tribunal Penal en función de Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Oída la solicitud de la Defensa y opinión de la Vindicta Publica se admite parcialmente la acusación formulada por el Fiscal 16° del Ministerio Público del Estado Aragua, ABG. JUSTO FLORES, en contra del ciudadano: JOSE ALBERTO ROJAS LEDEZMA, titular de la cedula de identidad N° V- 22.696.251, fecha de nacimiento 04-03-1990, edad 28 años, profesión u oficio comerciante, residenciado en: BARRIO EL PARAISO, CALLE UNIVERSIDAD, CASA NUMERO 87, MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA, ESTADO ARAGUA, por el delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el articulo 3 en relación con el articulo 10 ordinal 1° de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión. SEGUNDO: se desestiman los delito de USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR Y ASOCIACION PARA DELINQUIR,.....