DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en Función de Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, constituido de forma Unipersonal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: ABSUELVE al ciudadano MEDINA AZOCAR CARLOS ARNOLDO, venezolano, mayor de edad, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido el 21-02-1962, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, titular de la cédula de identidad N° 7.217.696, residenciado en Barrio Libertador, Calle Bomboná, N° 11, Maracay, Estado Aragua, de los cargos formulados por el Fiscal 6° del Ministerio Público, de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 408 ordinal 3°, literal "a" del Código Penal. Con la presente decisión cesan las medidas de coerción personal en las que se encontraba sometido el enjuiciado. Decretándose Libertad Plena desde la Sala. No se condena al pago de costas procesales a la parte perdidosa. Diarícese. Publíquese.....