DISPOSITIVA
Por todas las razones ampliamente analizadas y en base a las consideraciones expuestas con detalles este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en función de CUARTO DE JUICIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , en razón del acuerdo planteado por las partes y aceptado en esta Audiencia, estima esta Administradora de Justicia, que el mismo se encuentra ajustado a derecho, y queda establecido para su cumplimiento de la siguiente manera, se compromete al pago de (05) cinco cuotas de trescientos mil bolívares (300.000), debiendo cancelar de la forma siguiente. Primera cuota 15 de Marzo del 2.006. segunda cuota- 15 de Abril del 2006., tercera cuota 15 de Mayo de 2.006.cuarta cuota 15 de Junio del 2.006 y la ultima el 15 de Julio de 2.006, con lo cual se totaliza un millón quinientos mil bolívares (1.500.000), asimismo, es necesario reseñar que la consecuencia jurídica del .....