este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Primero de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: ORDENA CAMBIO DE SITIO DE RECLUSIÓN POR DETENCION DOMICILIARIO a favor del acusado ANGEL VICENTE ESPINE OCHOA, titular de la cedula de identidad N° V-16.732.309, quien cumplirá en la siguiente dirección: URBANIZACION CARRIZALITO, CALLE PRINCIPAL, CASA NRO. 2, VILLA DE CURA, ESTADO ARAGUA; de conformidad con el articulo 242 numeral 1° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: 1°: Arresto Domiciliario, en la dirección antes mencionada; así como los numerales 2°, 4° y 9° ejusdem, consistente en, 2°: quien deberá estar bajo cuidado, sujeción y vigilancia de un familiar, 4°: prohibición expresa de salida del país y 9°: estar pendiente de la causa. Líbrense los oficios respectivos, levántense acta de compromiso. Diarícese. Regístrese. .....