este Tribunal Quinto de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara Culpable al ciudadano ÁNGEL GABRIEL GUEVARA TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.651.261, Venezolano, natural de Maracay, estado Aragua, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 21-08-1996, profesión u oficio Indefinida, residenciado en URBANIZACIÓN CAÑA DE AZÚCAR, SECTOR 6, BLOQUE 16, APARTAMENTO 0302, MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY, MARACAY, ESTADO ARAGUA, dada la comisión del delito de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, a cumplir pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, asimismo se les condena a cumplir las penas accesorias de Ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se mantiene la medida judi.....