DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano YORMAN MOISES CARPIO FLORES, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-18.488.070 natural de Maracay, estado Aragua, nacido en fecha 24-04-1989, de 33 años de edad, profesión u oficio: obrero, residenciado en: : URBANIZACION PRADOS DE LA ENCRUCIJADA, SECTOR GIRASOL, VEREDA 7, CASA NRO, 34-C, CAGUA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO GENERICO previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condici.....