En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, Tribunal Decimo Juicio Itinerante, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE PRONUNCIA DE LA SIGUIENTE MANERA, PRIMERO: CONDENA al ciudadano LUIS EDUARDO SOUBLETT SOUBLETT, titular de la cedula de identidad Nº V-7.258.759 fecha de nacimiento 26-02-1966, lugar de nacimiento Maracay edad 51, domicilio URBANIZACIÓN LA PLACERA, TORRE P, PISO 2, APARTAMENTO 2, MARACAY ESTADO ARAGUA,, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) DÍAS Y CATORCE (14) HORAS DE PRISION al considerarlo CULPABLE del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES, con exceso en la defensa, conforme a lo previsto en el artículo 405, 417 en concordancia con el artículo 65 único aparte del numeral 3ro, artículo 66 del Código Penal Vigente, pena ésta que se ha de cumplir en la forma y condiciones en el Tribunal de Ejecución. SEGUNDO: Se condena a cu.....