DISPOSITIVA
En base a los argumentos de hecho y de derecho antes esgrimidos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA EN FUNCIONES DE SEXTO DE JUICIO, Administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA , y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano MARACARA MARTIN HERMES ANTONIO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Taxista, natural de Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento doce de Octubre de 1950, titular de de la cédula de identidad V- 3.746.128, residenciado en: Cuarta Terraza, Nro. 68-b, Urbanización Mata Redonda, Maracay, estado Aragua, a sufrir la pena de UN (01 AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por encontrarlo culpable y en consecuencia responsable del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal Venezolano, en concordancia con los artículos 74, ordinal 4°, eiusdem y 376 del Código Orgánico Procesal Penal. .....