En razón de lo expuesto, este Tribunal Sexto de Juicio Estatal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, ACUERDA: DECLINAR LA COMPETENCIA DE LAS PRESENTES ACTUACIONES y por ende remitir la causa 6J-3023-19 al Tribunal Cuarto de Juicio del Estado Aragua, a los fines de ser acumulada a la causa seguida ante este Juzgado y signada con el Nª 4J-2504-18, ello de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 75, 76 y 80 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Désele salida. Ofíciese. Cúmplase.-