Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Sexto de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: declara CULPABLE del hecho acreditado por el Ministerio Público al acusado MONTILLA GIL JEXHOAR JOSE titular de la cedula de identidad Nº V-19.855.394 por la comisión del delito TENTATIVA DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA , previsto y sancionado en los artículos 458 en concordancia con el articulo 81 y 84 ordinal 3° del Código Penal, por lo que después de practicar una simple ecuación matemática lo condena a cumplir la pena de DOS AÑOS(2) Y SEIS (6) MESES DE PRISION, así mismo se absuelve al referido ciudadano por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del código penal, SEGUNDO: también se les condena a cumplir las penas accesorias a la de prisión establecidas en el artíc.....