DECISION
Por las consideraciones antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 06, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, NIEGA por improcedente la medida cautelar sustitutiva de la medida judicial de privativa de libertad que le fuera impuesta. Cúmplase. Notifíquese al solicitante.
LA JUEZ,
ROMY MÉNDEZ RUIZ
EL SECRETARIO
ABG WILLIAM SOLORZANO
6M-486-05