Ejecútese el fallo definitivamente firme dictado por el Tribunal de Primera Instancia en función de Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha: 06-07-2007, mediante el cual condenó al penado: JHON ALBERTO GIMENEZ PINEDA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.908.794, y residenciado en URB. LA MACARENA II, CALLE 9, CASA Nº 01, EL MACARO, TURMERO, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano vigente, más las accesorias legales establecidas en el artículo 16 Código Penal.
Se procede a realizar el cómputo de la pena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479, 480, 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Según consta en autos el penado JHON ALBERTO GIMENEZ PINEDA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.908.794, y residenciado en URB. LA MACARENA II, CALLE 9, CASA Nº 01, EL MACARO.....