DECISION
Ejecútese el fallo definitivamente firme dictado por el Tribunal de Primera Instancia en función de Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha: 02-08-2007, mediante el cual condenó al penado: VILLAVICENCIO BLANCO JOSE FELIX, titular de la cédula de identidad Nº V-11.983.948, SIN DOMICILIO FIJA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, más las accesorias legales establecidas en el artículo 16 Código Penal.
Se procede a realizar el cómputo de la pena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479, 480, 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Consta en autos que el penado VILLAVICENCIO BLANCO JOSE FELIX, titular de la cédula de identidad Nº V-11.983.948, SIN DOMICILIO FIJA, fue detenido por primera y única vez el día 09-04-2006, hasta el día .....