Ejecútese el fallo definitivamente firme dictado por el Tribunal de Primera Instancia en función de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha: 18-12-2006, mediante el cual condenó a la penada: LOZADA BOLAÑOS LEIDI DEL MAR, titular de la cédula de identidad Nº V-18.084.142, y residenciada en BARRIO BRISAS DEL LAGO, CALLE 1° DE DICIEMBRE EN SU SEGMENTO DEFINIDO POR LA INTERSECCION DE LAS CALLES CAMPO ELIAS Y CALLE URIBE, CASA SIN NUMERO, MARACAY, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 31 penúltimo aparte de la Ley Especial y Artículo 83 del Código Penal Venezolano Vigente, más las accesorias legales establecidas en el artículo 16 Código Penal.
Se procede a realizar el cómputo de la pena, de conformidad con lo dispuesto en los artíc.....