DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano RONAL ANTONIO MORALES FARIAS. Titular de la Cedula de Identidad N° V-20.242.025, Nacionalidad, Venezolano. Dirección: BARRIO SIMON BOLIVAR, CALLE N 45, SAN VICENTE, MARACAY, ESTADO ARAGUA, quien fue CONDENADO, por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial, en fecha 11/02/2019, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DIEZ (10) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el articulo 83 ambos del Código Penal. Y que igualmente fue CONDENADO a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal. Así mismo se le participa que dicho penado se encuentra en li.....