En consecuencia a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley: 1. DECLARA REDIMIDA LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR al penado JUAN JOSE GIL FLORES, Colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-17.629.203, por TRES (03) MESES ,VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que sumados a su detención al día de hoy (09/05/2019), tres (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES, VEINTICUATRO (24) Días, sumados a su primera redención de DOS (02) MESES Y QUINCE (15) DIAS da un total de pena cumplida de CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES UN (01) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que le falta por cumplir SIETE (07) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS Y DOCE (12) HORAS, por lo que terminara de cumplir su pena en fecha 07/01/2020. Notifíquese al Fiscal Penitenciario y a la Defensa. Solicítese traslado. Notifíquese. Cúmplase