Siendo éstas las circunstancias, y, habida consideración de que, no obstante tratarse de un Trámite efectuado con motivo de la entrada en vigencia la Reforma Parcial del Código Penal Venezolano Publicada en Gaceta Oficial N° 5763, de fecha 16-03-2005, y que la presente causa se encuentra en la última fase del proceso, este Tribunal, ante la necesidad de que se le garanticen al penado los Derechos y Garantías Constitucionales, como parte de las atribuciones conferidas por nuestra Carta Magna, ordena notificar a la Fiscal Undécima del Ministerio Público, y a la defensora de la interposición del recurso por parte del penado. Asimismo se ordena la remisión de la totalidad de las actuaciones que conforman la presente causa, a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en su oportunidad. Librese oficio. Notifíquese.-