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Decisiones del dia 18/02/2008

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Tercero de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 3E-1246-08 N° Sentencia : Fecha: 18/02/2008
Procedimiento:
Ejecucion De Sentencia
Partes:
PENADO: IBAÑEZ TOVAR CESAR JAVIER
Resumen:
En cuanto a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, se observa que el penado fue condenado por el procedimiento de admisión de los hechos y la pena es menor de TRES (03) AÑOS, por lo tanto, este podría optar a la misma, según la única parte del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien en virtud de que la ley que rige el delito por el cual fue condenado como lo es por la comisión de un delito contra la propiedad tipificado como ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el Artículo 456 único aparte del codigo penal , establece: " Estos delitos no gozaran de beneficios procesales"., por lo que este Tribunal ha mantenido hasta la fecha el criterio que la suspensión de la Ejecución de la Pena es un beneficio procesal, por lo que en una causa seguida por robo con una pena igual a DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES (3E-1183-07) donde la ley penal establece también dicha limitación se forzó la apelación esperando que el superior de e.....
Juez/Ponente:
Carmen Cecilia Cortez Rivero
Organo:
Tribunal Tercero de Ejecución
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N° Expediente : 3E-1245-08 N° Sentencia : Fecha: 18/02/2008
Procedimiento:
Ejecucion De Sentencia
Partes:
PENADO: CARPIO FAJARDO DANNY WILFREDO
Resumen:
Vista la Calificación jurídica expresada en la condena correspondiente, así como en las penas accesorias y el procedimiento aplicado, este Tribunal debe limitarse sin emitir opinión alguna a efectuar el cómputo respectivo. En atención a lo pautado en el Artículo 479 en concordancia con el Artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a efectuar el cómputo de dicha pena. Ahora bien, consta en autos que el penado fue detenido por primera vez en fecha 20-11-05 y dado en libertad el 21-11-2005, por lo cual se evidencia que ha estado detenido por espacio de UN (01) DIA, faltándole por cumplir de la pena impuesta CINCO (05) MESES Y NUEVE (09) DIAS. En cuanto a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, se observa que el penado fue condenado por el procedimiento de admisión de los hechos y la pena es menor de TRES (03) AÑOS, por lo tanto, este podría optar a la misma, según la única parte del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal. .....
Juez/Ponente:
Carmen Cecilia Cortez Rivero
Organo:
Tribunal Tercero de Ejecución
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