Este Juzgado TERCERO DE EJECUCIÓN del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Declarar CUMPLIDA LA PENA que le fuera impuesta al ciudadano EMIRO ALEXIS CONTRERAS ALDANA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.229.243, mediante sentencia firme dictada en fecha 08/03/2016, por el Tribunal Decimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, quien lo CONDENO a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción. SEGUNDO: LA LIBERTAD PLENA del referido ciudadano en relación a la presente causa signada con el Nº 3E-4565-16. TERCERO: Ofíciese a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de Aragua Nº 02, así como al Departamento Legal del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas con sede en Caracas Distrito Ca.....