Por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: Remitir la presente causa a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de este Estado, a los fines de que sea distribuido a una Fiscalía de Transición, de conformidad con lo previsto en el artículo 522, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines legales consiguientes. Ofíciese. Cúmplase.