Por virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer la presente demanda incoada por la abogada: MINA ERNESTINA RUBINI, Inpreabogado Nº 78389, apoderada judicial del ciudadano: BRUNO RUBINI NERI, en contra de la Sociedad Mercantil CAUCHOS FERRARA, C.A., en la persona del ciudadano ANTONINO FERRARA y al Ingeniero ALEXIS CABAREDA en su carácter de Director de la Dirección de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, por Recurso de Amparo Constitucional y Nulidad del permiso otorgado por la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, y se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circuns.....