Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN en cuanto a los bienes, en los mismos términos acordados por las partes, la cual fue celebrada en el presente juicio por las representaciones judiciales de las partes, por medio de acto que tuvo lugar en fecha 22 de julio de 2011, y ratificada tanto por la parte actora como por la parte demandada en fecha 25 de julio de 2011, al firmar al pie de la misma en calidad de aceptación; según se observa de constancia dejada por la Secretaria de este Juzgado.
SEGUNDO: se decreta la separación de cuerpo que unía a la ciudadana AIDA RIVAS DE ARREAZA, antes identificada, con el ciudadano EUDCLIDE ANTONIO ARREAZA GONZALEZ, también identificado, desde el 15 de julio de 1999, según se evid.....