DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA, interpuesta por la la parte demandada ciudadana LUZ MARINA MENESES VASQUEZ, plenamente identificada, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, que le sigue el ciudadano FRENDY RAINER BASTIDAS TORREZ, antes identificado.
SEGUNDO: Se ordena notificar a las partes, informándole sobre la presente decisión, por cuanto la misma salio fuera del lapso legal correspondiente, todo esto de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.