DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por la ciudadana: ZORAIDA COROMOTO ALVAREZ ALVARADO, titular de la cedula de identidad N° 7.228.746, en consecuencia se ordena a la Primera Autoridad Civil del Municipio Girardot, Estado Aragua, INSERTAR la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal en el acta de Matrimonio de los ciudadanos PABLO ALBINO OCHOA AGUILAR y ZORAIDA COROMOTO ALVAREZ ALVARADO, que se encuentra inserta en el N° 174, año 1976, tomo 2, de los Libros de Registro Civil Girardot, de esta Circunscripción, pues en la referi.....