Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NO ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA y por ende, DECLARA SU INCOMPETENCIA para conocer de la SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el abogado: LEONARDO ANDRÉS RODRIGUEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.268.513, Inpreabogado Nº 37.785 actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano GIORDANO BRUNO DOMINGO DESIDERIO SCALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.291.913, en contra de la Junta directiva del "CENTRO MEDICO CAGUA, C.A. y en consecuencia, se plantea un CONFLICTO NEGATIVO DE CONOCER, ya que, el competente lo es un Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la e.....