Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos MAGDALENA DEL CARMEN NAVAS DÍAZ y ELIN WALDER BRICEÑO BATISTE, antes identificados, desde el día 02 de marzo de 2002, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el N° 04, Tomo I, año 2002 en los libros de matrimonios llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia Magdalena Municipio Zamora del Estado Aragua, y que riela al folios tres al siete (03 al 07) del presente expediente.-