Por los razones, motivos y argumentos antes expuestos, esteJUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:LEVANTAR MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha 21 de octubre de 2021 sobre, un inmueble constituido por una casa y el terreno sobre el cual esta construida distinguida con el Nro. 374, ubicada en la Avenida Principal del Castaño (Carretera Nacional Maracay- Choroni), Jurisdicción del Municipio Autónomo Girardot del estado Aragua, que Tiene una superficie de TRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y OCHO METROS CON TREINTA Y TRES CENTÍMETROS CUADRADOS (3.818,33 MTS2) siendo sus
linderos los siguientes: NORTE: Que es su frente con las Avenida Principal del Castaño (Carretera Nacional Maracay- Choroni); SUR: Con Terrenos que son o fueron del ciudadano GERD MILLERS; ESTE: Con.....