Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Procedente la aclaratoria de la sentencia dictada en fecha 20 de septiembre de 2010 por este Órgano Jurisdiccional, solicitada por la abogada SOL GONZALEZ DE LUGO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en el juicio que por cobro de bolívares- vía intimatoria sigue GIANFRANCO GUERRIERI BRACAGLIA contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES MAGRETTI C.A., razón por la cual debe dejarse sentado lo siguiente: SIN LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por la abogada NATALIA BEATRIZ MARTINEZ CARDENAS, antes identificada, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MAGRETTI C.A.