En consecuencia DECLARA: LA NULIDAD de la actuación realizada por el Alguacil de este Tribunal en fecha 04 de enero de 2007 (folio 32 al folio 36) mediante el cual no clarifica con exactitud la situación en cuanto a la citación de la parte demandada, y SE REPONE LA CAUSA al estado en que se encontraba para el día 04 de diciembre de 2006, es decir, para la practica de la citación de la parte demandada, todo ello conforme con lo dispuesto en los Artículos 206 y 212 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese la respectiva compulsa.