DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la MEDIDA CAUTELAR DE ALEJAMIENTO solicitada por el ciudadano LUIS PICCIONE VITANOSTRA titular de la cédula de identidad N° V -10.459.019, a su favor, en su carácter de parte actora, ordenándosele en consecuencia a su cónyuge ciudadana SHIRLEY DAYAHANA PATIÑO BOSALLO, antes identificada, la prohibición expresa de acercarse a su persona en cualquier lugar donde se encuentre, así como no acercarse a su residencia, a su sitio de trabajo, ni a las residencias de su entorno familiar, ante el fundado temor de que los conflictos interpersonales desencadenen en maltratos físicos hacia la persona del solicitante de la medida, hasta que sea dictada la .....