En consecuencia, por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLLE la Acción de Interdicto por Perturbación a la Posesión, interpuesto por el ciudadano RAFAEL EDUARDO MENDOZA DUARTE, contra MIGUEL SALAZAR, todos ut supra identificados.