En fuerza de las consideraciones antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de reintegro interpuesta en fecha 25 de marzo de 2009, por el abogado Rafael Medina Villalonga, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR JULIO LAMAS FIGUEROA, contra las ciudadanas BELKIS JOSEFINA VARA LA MADRIZ y DEBORA ISABEL NIÑO MARTÍNEZ, todos plenamente identificados en autos, a:
SEGUNDO: Se condena a las codemandadas a entregar a la parte actora la suma de DIECIOCHO MIL DOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 18.200,00).
TERCERO: Se acuerda realizar experticia complementaria del fallo, con la finalidad de determinar los intereses causados desde la interposición de la demanda en fecha 25 de marzo de 2009, hasta la fe.....