Por lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda principal que por DIVORCIO, contenido en los Ordinales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil, intentada por la ciudadana ALECIA JOSEFINA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.757.819, contra el ciudadano ÁLVARO ANTONIO GONZALEZ JUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.246.497.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara: 1.- CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO FUNDAMENTADA EN EL ORDINAL 2° DEL ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO, en aplicación a la Jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional con carácter vinculante en fecha 02 de junio de 2015, con Ponenc.....