Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA y en consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado, que es quien tiene esta competencia a los fines de sustanciar, conocer y resolver sobre la pretensión contenida en la solicitud incoada por la ciudadana IRENE SAMPEDRO PELAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.142.826, debidamente asistida por la abogada GENESIS JAIBETH RANGEL SANOJA, inscrita en el en Inpreabogado bajo el N° 307.154, por ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Por la naturaleza de la.....