Con fuerza de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE ALBERTO ABREU DORDY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.265.033, contra la ciudadana DISNORA DEL CARMEN MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.943.805, por ACCIÓN REINVINDICATORIA. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a la desocupación del inmueble demandado y dejarlo libre de personas y cosas. TERCERO: Se ordena la entrega del bien inmueble demandado a la parte demandante ciudadano JOSE ALBERTO ABREU DORDY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.265.033. CUARTO: De conformidad con el artículo 274 del Código d.....