Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL DECAIMIENTO DE LA PRESENTE ACCIÓN, por pérdida del interés de las parte para la prosecución de la presente causa, y en consecuencia se declara lo siguiente:
PRIMERO: EXTINGUIDA LA ACCIÓN DE EJECUTORIA que le nació a la ASOCIACIÓN CIVIL ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, contra la ciudadana CONSTANZA EMILIA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad No. 837.051, en el presente juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA.
SEGUNDO: Se levantó las medidas de prohibición de enajenar y gravar y de embargo ejecutivo decretadas en fechas 9 de mayo de 1985 y 18 de octubre de 1985, respectivamente, por este Tribunal, sobre un inmueble distinguido de la manera siguiente: un apartamento con el No. PL-2, Residencias Galil II, Urbanización Andres .....