Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se revoca la convocatoria efectuada al ciudadano: VICTOR CASTILLEJO para el acto de designación de la Comisión de Avalúo.
SEGUNDO: Se HOMOLOGA EL AVENIMIENTO efectuado por el ciudadano: VICTOR CASTILLEJO sobre el precio del bien inmueble presuntamente de su propiedad, según el documento registrado en fecha 24 de abril de 1975, anotado bajo el N°: 25, folios 56, Protocolo Primero de los Libros de Registro llevados por la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Santiago Mariño y Libertador del Estado Aragua, y el plano mencionado en el mismo agregado al Cuaderno de Comprobantes bajo el No. 13, folio 25, cursante a los folio 02 al 77 de la 6ta Pieza del Expediente, que fuera objeto de la expropiación por parte de INVIVAR, ente consignante del ¿precio provisional¿.....