Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE SUSPENDE LA MEDIDA PREVENTIVA INNOMINADA de autorización de ejercer todos los actos de representación judicial y extrajudicial, de dirección y administración de la Sociedad Mercantil El Siglo, C.A., a favor del ciudadano TULIO CAPRILES MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad no. 9.656.647, en su carácter de Director de dicha empresa.
SEGUNDO: Dada la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas conforme lo establece el artículo 277 eiusdem.-
TERCERO: SE ORDENA oficiar al Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de hacerle saber de la presente decisión.
Publíquese y regístrese.-