Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demandada que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO tiene intentado el ciudadano RAFAEL EDUARDO NIÑO VELASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.111.891, contra el ciudadano GERARDO ROGER ZADRA CORCEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.870.665. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a otorgar el documento de venta definitivo del inmueble constituido por una oficina distinguida con el N° 11-A, ubicado en la décima primera planta del edificio "CENTRO PROFESIONAL PLAZA", que se encuentra ubicado en la Calle Lopez Aveledo entre la primera y segunda calle transversal de la Urbanización Calicanto, antes "PACH.....