Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declina la competencia para conocer de la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue GLORIA CONSUELO RODRIGUEZ URREA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 82.064.008, en su carácter de Gerente Administrador de la Sociedad Mercantil MOGUL C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, bajo el N° 07, Tomo 551-A, en fecha 26 de abril de 1993 la contra los ciudadanos ALONSO VEGA EDUARDO HUMBERTO Y VEGA DE ALONSO ANDREA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 647.659 y 630.486 respectivamente, y los ciudadanos MANUEL FERNANDO MAGALHAES y MARIA JOSE ALVES NOGUERA, venezolanos, mayores de.....