En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia, en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO interpuesto por la ciudadana JUDITH MARGARITA GONZALEZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 8.583.474, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA ENEIDA ORASMA PEREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 110.840.