Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Declara CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana ROSANGEL DEL CARMEN VILLEGAS BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.638.740 en contra de la ciudadana ROSA VIRGINIA AULAR FRANCO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.854.359. SEGUNDO: Se ordena el restablecimiento inmediato a la parte agraviada de las garantías infringidas, esto es permitirle el acceso a la agraviada al inmueble objeto de la presente acción el cual está ubicado en la calle Los Naranjos, Callejón Los Caimitos, casa Nº 20, sector El Valle Viejo B, Parroquia Santa Rita, Municipio Francisco Linares Al.....