Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, constituido en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada intentado por la ciudadana DELSY JOSEFINA SANTAMARIA MISLER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.039.933 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RICHARD JESUS MENDOZA GRISALES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 191.557, contra la decisión de fecha 13 de octubre de 2015, dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la persona de la Jueza Temporal ciudadana YZAIDA JOSEFINA MARIN ROCHE; y de la.....